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¿Puedo recibir ayuda?
Para recibir
ayuda de cualquiera de los programas mencionados en esta publicación, hay que
satisfacer ciertos criterios.
Salvo en el caso
de algunos programas de préstamos, hay que demostrar necesidad económica (según
los criterios que hemos establecido). Consulte «Necesidad económica y el aporte
familiar previsto».
- Hacer
constar, por medio de una de las siguientes formas, que tiene la capacidad para
estudiar en el nivel postsecundario:
- Contar con un diploma de la escuela
secundaria (high school) o con un certificado de Formación Educativa
General
(GED, por sus siglas en inglés).
- Aprobar un examen autorizado de «capacidad para beneficiarse» (ability-to-benefit
test, o ATB). Si usted no tiene ni diploma ni GED, la institución
postsecundaria le puede aplicar un examen para determinar si está en
condiciones de sacar provecho de los estudios ofrecidos ahí.
- Cumplir con otras normas establecidas por
el estado y aprobadas por el Departamento.
- Finalizar los estudios secundarios
mediante un programa de enseñanza en el hogar, en conformidad con las leyes del
estado.
- Estar
matriculado (o estar aceptado para ese efecto) en una institución
postsecundaria como estudiante regular, en busca de un título o certificado, en
un programa aprobado.
- Cumplir con
las normas de progreso académico satisfactorio establecidas por la institución
postsecundaria.
Puede recibir
ayuda para algunos cursos a distancia —ya sean por correspondencia o por
Internet— si son parte de un programa conducente a un certificado o título
válido.
- Ser
ciudadano de Estados Unidos o extranjero con derecho a participar en los
programas federales de ayuda económica para estudiantes.
- Tener
un número válido de Seguro Social (a no ser que el alumno sea de la República
de las Islas Marshall, de los Estados Federados de Micronesia o de la República
de Palaos). Si usted necesita un número de
Seguro Social, visite www.ssa.gov
para averiguar cómo solicitarlo, o llame al 1-800-772-1213. Los usuarios
de teletipo pueden llamar al 1-800-325-0778.
- Certificar
(firmando la solicitud de ayuda federal para estudiantes) que utilizará la
ayuda federal sólo para fines educativos, y también que no se encuentra en
incumplimiento de pago de ningún préstamo educativo obtenido del Gobierno
federal, ni adeuda dinero a los programas federales de becas (lo que podría
ocurrir si el alumno se retirara de la institución, por ejemplo).
- Cumplir
con la inscripción en el Sistema de Servicio Selectivo, si corresponde. Si el solicitante es varón de entre 18 a 25
años de edad y todavía no se ha inscrito, puede marcar la casilla
correspondiente en la FAFSA y así darle permiso al Servicio Selectivo para que
lo inscriba en sus registros militares. También puede inscribirse por Internet en www.sss.gov o llamando al 1-847-688-6888. Los usuarios de teletipo pueden llamar al 1-847-688-2567.
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Condenas
por delitos relacionados con drogas
Es obligatorio contestar la siguiente
pregunta en la FAFSA: «¿A usted se le ha declarado culpable de la posesión o la
venta de drogas ilegales, a causa de una infracción cometida mientras recibía
ayuda federal para estudiantes (becas, préstamos, o estudio y trabajo)?»
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- En
general, si el alumno recibe condenas por la posesión o venta de drogas
ilegales a causa de una infracción cometida mientras recibía ayuda estudiantil
federal, perderá su derecho a recibir más asistencia, durante un período
calculado según el tipo y número de condenas recibidas. Si ha respondido «Sí» a esta pregunta, es muy
importante que llene la FAFSA para determinar si tiene derecho a recibir ayuda. Si utiliza la FAFSA impresa, se le enviará
una hoja de trabajo que le ayude a saber si su condena afecta su derecho a
recibir ayuda federal. Si usted solicita ayuda mediante
FAFSA en la Web en www.fafsa.ed.gov, tendrá acceso a la
versión electrónica de la misma hoja de trabajo durante su sesión.
Si necesita ayuda o tiene preguntas sobre cómo
contestar esta pregunta, llame al 1-800-433-3243.
Los especialistas del Centro de Información sobre Ayuda Federal para
Estudiantes le atenderán con mucho gusto en su idioma.
Aunque no se pueda recibir ayuda federal a
causa de una condena relacionada con las drogas ilegales, conviene llenar la
FAFSA de todas formas, pues hay muchos estados e instituciones educativas que
se valen de los datos de esta solicitud al conceder ayudas no federales.
- Las
posibilidades de recibir ayuda federal para estudiantes son muy limitadas si el
solicitante se encuentra encarcelado. En general, éste sólo puede recibir la Beca Federal Pell y eso sólo
cuando NO se encuentra recluido dentro de una institución penal federal o
estatal. Para obtener más información,
conviene consultar la oficina de asistencia económica de la institución
educativa en la que estudiará.
Cuando
se solicita ayuda de los programas de la Oficina de Ayuda Federal para
Estudiantes, comparamos parte de la información de solicitud con los registros
de diversas entidades federales, incluidos el Departamento de Seguridad Interna
(para verificar los números de registro de extranjeros) y la Administración del
Seguro Social (para verificar los números de Seguro Social y la condición de
ciudadanía estadounidense del solicitante). Si los datos de solicitud no coinciden con los registros oficiales,
será necesario resolver la falta de concordancia, antes de que se conceda la
ayuda. También, verificamos la
información de solicitud con nuestro Sistema Nacional de Información sobre
Préstamos Educativos (NSLDS), para comprobar que el alumno no tiene ningún
préstamo estudiantil federal en condición de incumplimiento de pago, ni ha
recibido pagos en exceso por concepto de una beca federal, ni ha obtenido
fondos de préstamo que excedan del límite total permitido. Si el estudiante indica en la solicitud que
es ex combatiente, comparamos la información con los registros del Departamento
de Asuntos de Veteranos. Para
participar en nuestros programas de ayuda estudiantil, la mayoría de los
estudiantes varones de entre 18 y 25 años deberán estar inscritos en los
registros militares del Sistema de Servicio Selectivo, por lo que verificamos
la información con ese organismo también.
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La Oficina de Ayuda Federal para Estudiantes
otorgó $83 mil millones en ayuda económica en el 2007 (más otros $32 mil
millones en préstamos de consolidación). Estos préstamos se destinaron a unos 10 millones de estudiantes de
unas 6,200 instituciones de educación superior.
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En casi
todos nuestros programas, la ayuda se otorga según la necesidad económica del
solicitante (salvo en el caso de los Préstamos Stafford sin subsidio y de los Préstamos PLUS). El aporte familiar previsto sirve como
indicador de la capacidad financiera del alumno (y, si corresponde, de sus
padres); es decir, indica cuánto dinero éste debe tener disponible para
contribuir a costear sus estudios.
El
aporte familiar previsto se calcula a partir de la información proporcionada en
la FAFSA y de una fórmula establecida por ley. Al determinarse el número, se tienen en cuenta los ingresos (ya sean
tributables o no) y los bienes de la familia. También se tienen en consideración en el cálculo el tamaño de la
familia y el número de integrantes del hogar que cursarán estudios superiores. El aporte familiar previsto se presentará en
el Informe de Ayuda Estudiantil, el
documento que el estudiante recibirá después de presentar la FAFSA. A fin de valorar el grado de necesidad
económica para efectos de otorgar la ayuda de nuestros programas (salvo del
programa de Préstamos Stafford sin subsidio), la institución educativa restará
el aporte familiar previsto del costo de estudiar.
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Utilizamos el aporte familiar previsto del
alumno para determinar su necesidad económica:
Costo de estudiar
– Aporte familiar previsto
= Necesidad económica
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Para satisfacer
la necesidad económica del estudiante, la institución le otorgará becas
federales y otros tipos de ayuda. Como la fórmula del aporte familiar previsto
primero debe aplicarse a la información financiera de la familia del
solicitante, no podemos decirle en la presente publicación si usted reúne o no
los requisitos financieros para recibir asistencia federal, ni darle un cálculo
aproximado de cuánta ayuda se le pueda conceder. Puede usar FAFSA4caster, ubicado en www.FederalStudentAid.ed.gov, para
obtener un cálculo aproximado del monto de otorgamiento. A la hora de solicitar
ayuda, alguna de la información proporcionada en FAFSA4caster se pasará automáticamente a la solicitud electrónica
de FAFSA en la Web (pulse aquí). Sin embargo, si desea saber el monto exacto de la ayuda que recibirá,
tiene que presentar la FAFSA. Si desea saber cómo se emplea la fórmula del
aporte familiar previsto, puede obtener en nuestro sitio web las hojas de
trabajo en las que se detalla el cálculo: www.FederalStudentAid.ed.gov/publicaciones.
Una vez en el sitio, pulse el año correspondiente, bajo la categoría «The EFC
Formula» (Fórmula del aporte familiar previsto). (Actualmente, estas hojas de
trabajo sólo se ofrecen en inglés.) También puede conseguir las hojas del
Centro de Información sobre Ayuda Federal para Estudiantes (1-800-433-3243).
Después de que
usted haya recibido su Informe de Ayuda
Estudiantil (SAR), le llegarán cartas de concesión de ayuda económica desde las
instituciones que hayan aprobado su solicitud de admisión (siempre que las haya
señalado en la FAFSA). Si tiene preguntas sobre la ayuda que se le ofrezca,
comuníquese con la oficina de asistencia económica de las instituciones.
Aunque la fórmula
que se utiliza en el cálculo del aporte familiar previsto es, en lo
fundamental, lo mismo para todo solicitante, existe cierta flexibilidad en su
aplicación. En algunos casos, el administrador de ayuda económica de la
institución educativa puede modificar el costo de estudiar o la información
que se usa en el cálculo del aporte, para tomar en cuenta las circunstancias
excepcionales. Estas circunstancias pueden incluir el desempleo y los gastos
médicos o educativos extraordinarios. El administrador de ayuda económica debe
tener motivos contundentes para hacer estas modificaciones. El estudiante, por
su parte, tendrá que aportar suficiente documentación justificativa. La
decisión de hacer estas modificaciones corresponde al administrador y es final.
Es decir, no se puede apelar ante el Departamento de Educación.
A continuación se
presentan tres ejemplos de circunstancias excepcionales que podrían resultar en
que el administrador de ayuda económica modifique el cálculo del aporte familiar previsto o del costo de estudiar:
- Un alumno
independiente pierde su empleo.
- Alguna
persona de la familia se convierte en trabajador desplazado.
- Se produce
un cambio en la situación de vivienda del alumno para que éste quede sin casa
ni hogar.
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