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Preguntas de solicitud
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Hojas de trabajo del estudiante (y de su cónyuge) Para responder a las preguntas 40-42, hay que llenar las correspondientes hojas de trabajo. Usted (el alumno) debe dirigirse a www.fafsa.ed.gov y seleccionar «Before Beginning a FAFSA» (Antes de llenar la FAFSA). Después pulse «Worksheets/Hojas de trabajo» y luego «Hojas de trabajo en español». Si está llenando la FAFSA impresa, escriba sus respuestas en la columna amarilla, titulada «Estudiante (y cónyuge)», a la izquierda, en la página 5 de la solicitud. Pregunta 41: Hoja de trabajo B Pagos a pensiones de jubilación, y a planes de ahorro, con impuestos diferidos. Usted debe declarar dinero (ya sea pagado directamente por usted o retenido de su sueldo) depositado en cualquier renta vitalicia (o «anualidad») que sirva de refugio fiscal o que tenga los impuestos diferidos. Aunque se deben incluir en esta partida los montos declarados en el Formulario W-2, en las casillas 12a a la 12d, códigos D, E, F, G, H y S, el cálculo del total no se limita a éstos. Deberá incluirse la porción no gravada de los planes 401(k) y 403(b). Tenga presente que las contribuciones del empleador a las pensiones, y a los planes de ahorro, con impuestos deferidos no se deberán declarar en la FAFSA como beneficio no gravado. Cuentas personales de jubilación y otros planes. Indique el monto de pagos deducibles hechos a cuentas personales de jubilación y a planes de jubilación para personas empleadas por cuenta propia (Plan Simplificado de Pensiones para Empleados [SEP], Plan de Estimulación del Ahorro por Contribuciones Equivalentes al Empleado [SIMPLE], «Keogh» y otros planes aprobados). Estos pagos se encuentran en los siguientes formularios del IRS: 1040 (suma de los renglones 28 y 32) en el 1040A (renglón 17). Pensión recibida para hijos menores en caso de separación o divorcio. Anote la pensión recibida para todos los hijos durante el 2006. No incluya los pagos por cuidado adoptivo temporal (tutela de acogida) ni los pagos de asistencia por adopción. Ingreso por intereses exentos de impuestos. Escriba el monto total de intereses exentos de impuesto que usted (y su cónyuge) percibió en el 2006, tal como aparece en el Formulario 1040 (renglón 8b) o en el 1040A (renglón 8b). Exclusión de ingresos percibidos en el extranjero. A los ciudadanos y residentes de EE.UU. que vivan en el extranjero y que reúnan los requisitos correspondientes el IRS les permite excluir de su ingreso bruto ajustado una cantidad limitada de los ingresos ganados en el exterior. Aunque ese monto se deduce para los efectos tributarios, se considera que este dinero forma parte de los ingresos no gravados del alumno, para los efectos de solicitar ayuda federal para estudiantes. Proporcione la cantidad que usted (y su cónyuge) declaró en concepto de exclusión de ingresos percibidos en el extranjero en el 2006, según indicada en el Formulario 2555 (renglón 45) o el 2555EZ (renglón 18). Porción no gravada de distribuciones de cuentas personales de jubilación. Se puede calcular el monto de esta porción usando el Formulario del IRS 1040 (renglón 15a menos 15b) o el 1040A (renglón 11a menos 11b). Si la cantidad es negativa, escriba un cero aquí. Porción no gravada de pensiones de jubilación. Se puede calcular este monto usando el Formulario del IRS 1040 (renglón 16a menos 16b) o el 1040A (renglón 12a menos 12b). Si la cantidad es negativa, escriba un cero aquí.La única excepción que se hace para el requisito de declarar en la FAFSA las distribuciones de cuentas personales de jubilación o de pensiones, es cuando dichas distribuciones son reinvertidas en otra cuenta personal de jubilación, o en otro plan de retiro, dentro de los 60 días siguientes al día en que usted recibió la distribución de la cuenta o plan original. Crédito por impuesto federal a los combustibles especiales. Indique el monto total que usted (y su cónyuge) anotó en la declaración del 2006 en concepto del crédito por impuesto federal a los combustibles federales, según señalado en el Formulario del IRS 4136 (renglón 20). Sólo para personas que no sean agricultores. Alojamiento, alimentos y otros subsidios. Se debe declarar cualquier subsidio que usted (o su cónyuge) haya recibido para sufragar la vivienda, comida u otros gastos de subsistencia. Estos subsidios deben declararse cuando forman parte de la remuneración que usted recibe por su trabajo (como en el caso de los clérigos y los militares). Incluya en el cálculo del monto los pagos en efectivo y el valor monetario de los beneficios. Si recibió pensión completa de forma gratuita durante el 2006 a cambio de trabajar en un puesto determinado, y si dicha pensión no fue concedida en calidad de ayuda federal para estudiantes, deberá declarar el valor de la pensión completa como ingresos no gravados. (No deben incluirse en esta categoría —o sea «subsidios de vivienda»— los subsidios de alquiler de viviendas que se pagan a personas de bajos ingresos.) Asistencia no educativa para veteranos. Escriba la cantidad que usted recibió en el 2006 por concepto de beneficios para veteranos que no fueron para pagar los gastos educativos. Incluya la Discapacidad, Pensión por Fallecimiento o Compensación de Dependencia e Indemnización (DIC) y/o los subsidios educativos del Programa del Trabajo y Estudio del Departamento de Asuntos de Veteranos. Otros ingresos y beneficios no gravados. Incluya cualquier otro ingreso no gravado con impuestos que no se haya declarado en las Hojas de trabajo A y B, tales como la compensación del seguro obrero, porciones no gravadas de los beneficios de jubilación ferroviaria, ingresos no gravados de ganancias de capital, asistencia por enfermedad del pulmón negro, asistencia a refugiados, discapacidad, ingresos percibidos en el extranjero que no fueron gravados por ningún Gobierno, etc. Si figura en los formularios W-2 del estudiante (o de su cónyuge) «paga por combate», se debe declarar en la Hoja de trabajo B cualquier parte de ella que no haya sido gravada con impuestos, y se debe anotar en la pregunta correspondiente al ingreso del trabajo el monto completo de la paga. No incluya los beneficios provenientes de arreglos especiales para gastos (por ejemplo, los planes tipo «cafetería»), ni la ayuda estudiantil, ni la asistencia educativa de la Ley de Inversión en la Fuerza Laboral (Workforce Investment Act), o WIA (antes denominada JTPA, por sus siglas en inglés). Dinero en efectivo recibido. Declare cualquier dinero en efectivo que haya recibido de amigos o familiares (que no sean sus padres, si usted es alumno dependiente). El dinero en efectivo incluye los pagos realizados en beneficio de usted. Por ejemplo, si su tía le paga el alquiler o los servicios esenciales que, de otra manera, usted tendría que pagar, se deben declarar esos montos en la Hoja de trabajo B. Hay ciertos tipos de ingresos y beneficios que no se deben anotar en las Hojas de trabajo A y B:
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| Pregunta 40: Hoja de trabajo A | |