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Reseña

Preguntas 84 y 85 (Alumnos independientes)

Si usted respondió «Sí» a cualquiera de las preguntas sobre la dependencia (48-54), tendrá que contestar cada una de las dos siguientes preguntas:

Propósito: El número de integrantes del núcleo familiar (hogar) que usted declare determinará, cuando el Departamento calcule el EFC, qué porción de los ingresos de su familia se apartará para cubrir los gastos de subsistencia. El número de integrantes del núcleo familiar que están matriculados en una institución postsecundaria repercutirá directamente en la capacidad de su familia para aportar recursos para pagar el costo de estudiar. Al calcular del EFC, el aporte de usted se dividirá por el número de miembros que estén inscritos en una institución postsecundaria.

84. Número de personas en el núcleo familiar del estudiante (y su cónyuge). Al calcularse el tamaño del núcleo familiar (hogar) de usted (como alumno independiente), se debe incluir a las siguientes personas:
  • Usted

  • Su cónyuge, excluido el cónyuge que no resida en el hogar como consecuencia de fallecimiento, separación o divorcio

  • Sus hijos, siempre que les proporcione más de la mitad del sustento del 1 de julio de 2006 al 30 de junio de 2007

  • Su hijo aún no nacido, siempre que nazca antes del 1 de julio de 2007 y que usted le proporcione más de la mitad del sustento desde la fecha de nacimiento prevista hasta el final del año de concesión 2006-2007 (si un médico prevé un nacimiento múltiple, se pueden incluir todos los hijos esperados)

  • Otras personas, siempre que residan con usted y que les proporcione a ellos más de la mitad del sustento durante todo el año de concesión (1 de julio de 2006 al 30 de junio de 2007)

Como puede haber situaciones —especialmente en casos de divorcio o separación— en que usted provee apoyo económico a un hijo con quien no reside, se emplea el parámetro del «sustento» —y no el de la convivencia— al determinar si se debe incluir o no a los hijos en el cálculo del tamaño del núcleo familiar (hogar). En tales casos, el padre que brinde más de la mitad del sustento del hijo puede incluir a ese hijo en el cálculo del tamaño del hogar. No importa cuál padre reclame al hijo como dependiente para los efectos tributarios. Si usted recibe beneficios (por ejemplo, Seguro Social o pagos de Ayuda Temporal para Familias Necesitadas [TANF, por sus siglas en inglés]) a nombre del hijo, dichos beneficios deberán incluirse en el cómputo del sustento del hijo que aportan los padres.

El sustento incluye dinero, regalos, préstamos, hospedaje, alimentos, ropa, pagos sobre el préstamo para un automóvil, gastos de mantenimiento de un vehículo, atención médica y odontológica, y pago de gastos de estudio postsecundario.

85. Número de alumnos de postsecundaria en el hogar de usted. Esta pregunta pide información sobre el número de los integrantes del núcleo familiar (hogar) que están o estarán matriculados, durante 2006-2007, en una institución de educación postsecundaria. Incluya a sí mismo en este cálculo. Incluya a otras personas si estudiarán, con una dedicación de por lo menos medio tiempo, en un programa conducente a un título o certificado, en una institución postsecundaria que participa en cualquiera de los programas federales de ayuda estudiantil.
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