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Reseña

Preguntas 84 y 85 (Alumnos independientes)

Si usted respondió «Sí» a cualquiera de las preguntas sobre la dependencia (48-54), tendrá que contestar cada una de las dos siguientes preguntas:

Propósito: El número de integrantes del hogar que usted declare determinará, cuando el Departamento calcule el EFC, qué porción de los ingresos de su familia se apartará para cubrir los gastos esenciales. El número de integrantes del hogar que están matriculados en una institución postsecundaria repercutirá directamente en la capacidad de su familia para aportar recursos para pagar el costo de estudiar. Al calcular del EFC, el aporte de usted se dividirá por el número de miembros que estén inscritos en una institución postsecundaria.

84. Número de personas en el hogar del estudiante (y su cónyuge). Al calcular el tamaño del hogar (núcleo familiar) de usted (como alumno independiente), incluya a las siguientes personas:
  • Usted

  • Su cónyuge, excluido aquel cónyuge que no resida en el hogar como consecuencia de fallecimiento, separación o divorcio

  • Sus hijos, siempre que les proporcione más de la mitad del sustento del 1 de julio de 2005 al 30 de junio del 2006

  • Su hijo aún no nacido, siempre que nazca antes del 1 de julio del 2006 y que usted le proporcione más de la mitad del sustento desde la fecha de nacimiento prevista hasta el final del año de concesión 2005-2006 (si un médico prevé un nacimiento múltiple, se pueden incluir todos los hijos esperados)

  • Otras personas, siempre que residan con usted y que les proporcione a ellos más de la mitad del sustento durante todo el año de concesión (1 de julio del 2005 al 30 de junio del 2006)

Como puede haber situaciones —especialmente en casos de divorcio o separación— en que usted provee apoyo económico a un hijo con quien no reside, se emplea el parámetro del «sustento» —y no el de la cohabitación— al determinar si se debe incluir o no a los hijos en el cálculo del tamaño del hogar. En tales casos, el padre que brinde más de la mitad del sustento del hijo puede incluir a ese hijo en el cálculo del tamaño del hogar. No importa cuál padre reclame al hijo como dependiente para los efectos tributarios. Si usted recibe beneficios (por ejemplo, Seguro Social o pagos de Ayuda para Familias con Hijos Dependientes [AFDC, por sus siglas en inglés]) a nombre del hijo, dichos beneficios deberán incluirse en el cómputo del sustento del hijo que aportan los padres.

El sustento incluye dinero, regalos, préstamos, hospedaje, alimentos, ropa, pagos sobre el préstamo para un automóvil, gastos de mantenimiento de un vehículo, atención médica y odontológica, y pago de gastos de estudio postsecundario.

85. Número de alumnos de postsecundaria en el hogar de usted. Esta pregunta pide información sobre el número de los integrantes del hogar (núcleo familiar) que están o estarán matriculados, durante el 2005-2006, en una institución de educación postsecundaria. Incluya a sí mismo en este cálculo. Incluya a otras personas si estudiarán, con una dedicación de por lo menos medio tiempo, en un programa conducente a un título o certificado, en una institución postsecundaria que participa en cualquiera de los programas federales de ayuda estudiantil.


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