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Preguntas de solicitud
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Reseña

Preguntas 32-47 (Todo solicitante deberá contestar estas preguntas)

Instrucciones

Propósito: Todo alumno (ya sea dependiente o independiente) debe proporcionar la información financiera que se solicita en estas preguntas. Al calcular el EFC, para lo cual se usa una fórmula establecida por la ley, se tienen en cuenta los ingresos, bienes, y ciertos gastos, de la familia, así como el número de personas en el hogar, o núcleo familiar. De esta manera, se puede determinar si la familia dispone de ingresos discrecionales. Si resulta que la familia los tiene, una porción (y sólo una porción) de los mismos se considerará como disponible para incluirse en el EFC y usarse en el pago de los gastos de estudio del alumno.

Cómo llenar la sección acerca del impuesto sobre los ingresos

Lo más conveniente sería que usted (y su cónyuge) completara sus declaraciones de impuesto sobre los ingresos del 2004, antes de llenar la FAFSA. Sin embargo, si todavía no ha terminado sus declaraciones, debería calcular —usando las correspondientes instrucciones del IRS— su ingreso bruto ajustado e impuestos pagados. Se pueden conseguir las instrucciones y los pertinentes formularios tributarios en la biblioteca pública, o se pueden descargar en Formato de Documento Portátil (PDF) del siguiente sitio Web: www.irs.gov/formspubs/index.html.

Los datos financieros en la FAFSA deberán coincidir con las declaraciones de impuesto que usted (y su cónyuge) presenten. Si hay diferencias, tendrá que corregir la información, por Internet o devolviendo el SAR corregido al procesador de solicitudes, lo cual podría suponer demoras en la concesión de su ayuda.

Aunque usted (y su cónyuge) no esté obligado a presentar una declaración de impuesto sobre los ingresos para el 2004, tendrá que calcular sus ganancias para ese año. Use los formularios W-2 y otra documentación para responder a las preguntas en esta sección.

Si la respuesta a alguna de las preguntas es cero, o si alguna pregunta no aplica al caso de usted, ingrese «0» (cero).

Para los efectos de contestar las preguntas en la FAFSA 2005-2006 acerca del impuesto sobre los ingresos, el «año base» que se usa es el 2004. Estas preguntas refieren al solicitante a los pertinentes renglones en los formularios tributarios del IRS para el año 2004.

Si usted está casado a la fecha de presentar la FAFSA, deberá declarar los ingresos, bienes y exenciones tanto de usted como de su cónyuge, incluso si no estaba casado en el 2004. Si usted y su cónyuge presentaron (o presentarán) declaraciones de impuesto por separado para el 2004, deberá incluir en la FAFSA la información combinada de las dos declaraciones.

Si usted está soltero, divorciado, separado o enviudado, responda a las preguntas sólo en cuanto se refieran al caso de usted, y haga caso omiso de las referencias en la FAFSA a «cónyuge» 

Si está divorciado, separado o enviudado pero presentó (o presentará) una declaración conjunta para el 2004, al responder a las preguntas sobre los ingresos y bienes, sólo proporcione aquella porción de las exenciones, ingresos e impuestos pagados que le corresponde a usted.

La información en los formularios de impuesto sobre los ingresos de cualquiera de los siguientes lugares, se puede declarar en la FAFSA de la misma manera en que se hace para declarar información tributaria para EE.UU.: Puerto Rico, Guam, Samoa Americana, las Islas Vírgenes de EE.UU., las Islas Marshall, los Estados Federados de Micronesia, o Palau. Los montos en los formularios contributivos de estos lugares se expresan en dólares.

Ingresos extranjeros

Los ingresos percibidos en el extranjero se tratan de la misma manera en que se tratan los ingresos recibidos en EE.UU. Usando el tipo de cambio en vigencia el día en que llene la FAFSA, convierta todas las cifras a dólares estadounidenses. Puede encontrar más información sobre los tipos de cambio vigentes en www.federalreserve.gov/releases/h10/update

Incluya el valor del impuesto pagado al gobierno extranjero en el renglón relativo al impuesto federal pagado sobre los ingresos. Si el gobierno central del país extranjero en que se ganaron los ingresos no gravó los mismos, dichos ingresos se deben declarar en la FAFSA como no tributables, en la Hoja de Trabajo B de la FAFSA y en la Pregunta 41.

En muchos casos, si se presenta una declaración al IRS para un año en que se percibieron ingresos en el extranjero, una porción de esos ingresos se puede excluir para los efectos tributarios en EE.UU., por medio del Formulario de IRS 2555. El monto que se declara en el renglón 43 del Formulario 2555 (o renglón 18 del Formulario 2555EZ) se debe indicar en la Hoja de Trabajo B (en la página 8 de la FAFSA impresa), en el renglón «Exclusión de ingresos ganados en el extranjero». (Las hojas de trabajo —como por ejemplo, la Hoja de Trabajo B— que se usan para llenar la FAFSA impresa o electrónica también se ofrecen en www.fafsa.ed.gov) Tenga presente que el monto total del Formulario 2555 no debe declararse como ingresos no tributables, pues hay otras exclusiones que figuran en ese monto

Preguntas

32. Presentar la declaración de impuesto. Indique si ya ha presentado, si presentará o si no presentará, una declaración tributaria para el 2004.

33. Tipo de declaración presentada. Señale el tipo de declaración de impuesto que presentó o que presentará para el 2004.

34. Derecho a presentar el 1040A o el 1040EZ. Si usted (y su cónyuge) reúne los requisitos para presentar el Formulario 1040A o el 1040EZ para el 2004, indíquelo en esta pregunta. (Debe indicarlo aunque presente el Formulario del IRS 1040 para el 2004. Por ejemplo, los preparadores de declaraciones de impuesto con frecuencia presentan un Formulario 1040 impreso o electrónico por parte del contribuyente, aun cuando los ingresos y circunstancias de éste le permitan presentar un 1040A ó 1040EZ.)

En general, uno puede presentar el 1040A ó 1040EZ si gana menos de $100,000 anuales, no detalla las deducciones, ni percibe ningún ingreso de su propio negocio o finca agrícola, ni recibe pensión alimenticia. No puede presentar el 1040A ni el 1040EZ todo aquel que detalle las deducciones, perciba ingresos por concepto de un negocio propio o de una pensión alimenticia, o que deba presentar el Anejo D, que se usa para las ganancias de capital. Si usted presentó el 1040 sólo para poder reclamar los créditos tributarios «Hope» o «Lifetime Learning», y en caso contrario a lo anterior, aún habría podido usar el 1040A ó 1040EZ, deberá responder «Sí» a esta pregunta.

35. Ingreso bruto ajustado. Proporcione en esta pregunta su ingreso bruto ajustado (y el de su cónyuge) para el 2004. Este monto se halla en los siguientes formularios del IRS: 1040 (renglón 36); 1040A (renglón 21); 1040EZ (renglón 4) o TeleFile (renglón I). Si todavía no ha completado un formulario de impuesto para el 2004, debe calcular su ingreso bruto ajustado usando las instrucciones para el Formulario del IRS 1040. Puede conseguir el instructivo y el formulario en la biblioteca pública, o puede descargarlos en Formato de Documento Portátil (PDF) del siguiente sitio: www.irs.gov/formspubs/index.html 

Tenga presente que el ingreso bruto ajustado incluye más que el sueldo; por ejemplo, también figuran en esa cantidad la pensión alimenticia, las porciones tributables de los beneficios de Seguro Social y los ingresos provenientes de un negocio.

36. Impuesto sobre los ingresos. Introduzca el monto de impuesto sobre los ingresos para el 2004 que usted (y su cónyuge) ha pagado, tal como éste aparece en los siguientes formularios del IRS: 1040 (renglón 56); 1040A (renglón 36); 1040EZ (renglón 10) o TeleFile (renglón K[2]). No escriba la cantidad de impuesto federal sobre los ingresos que se ha retenido, tal como ésta aparece en el Formulario W-2. Tampoco incluya los impuestos de FICA (Ley de Contribución al Seguro Social) ni de trabajo por cuenta propia, ni ningún otro tipo de gravamen. Si no ha pagado ninguna contribución sobre los ingresos para el 2004, escriba cero (0) en esta pregunta.

37. Exenciones. Ingrese sus exenciones (y las de su cónyuge) para el 2004. Las exenciones se encuentran en los siguientes formularios del IRS: 1040 (renglón 6d) o 1040A (renglón 6d). Si usted contestó «Sí» en el renglón 5 del 1040EZ, use el renglón F de la hoja de trabajo EZ para determinar el número de exenciones ($3,100 equivale a una exención). En cambio, si contestó «No» en el renglón 5 del 1040EZ, ingrese «01» si es soltero o «02» si es casado. Si presentó el formulario de TeleFile, consulte el renglón J(2) para calcular el número de exenciones ($3,100 equivale a una exención).

Si está divorciado, separado o enviudado, y presentó o presentará una declaración conjunta para el 2004, deberá indicar sólo la porción de las exenciones que corresponda a usted.

38. Ingreso del trabajo del estudiante. Cuando el procesador del Departamento calcule el EFC, descontará de sus ingresos (y los de su cónyuge) ciertos gastos necesarios, tales como los impuestos y gastos esenciales de subsistencia. En el caso de que usted no presente ninguna declaración tributaria, estas ganancias del trabajo se usarán en el cálculo de su EFC como indicador de su ingreso.

39. Ingreso del trabajo del cónyuge. Use como guía las instrucciones de la Pregunta 38, «Ingreso del trabajo del estudiante», al responder a esta pregunta, que pide información sobre los ingresos de su cónyuge.

Si presentó (o presentará) una declaración tributaria, incluya sólo la porción que corresponda a usted, en los siguientes formularios del IRS: 1040 (suma de los renglones 7, 12 y 18); 1040A (renglón 7); 1040EZ (renglón 1) o TeleFile (consulte sus formularios W-2). Aunque haya presentado una declaración conjunta, deberá indicar sus ganancias y las de su cónyuge por separado.

Si presentó una declaración que no sea un formulario del IRS, tal como una planilla contributiva extranjera o puertorriqueña, debe declarar en la FAFSA la cantidad (expresada en dólares estadounidenses) que se encuentra en los renglones de esa planilla que tengan la mayor correspondencia a los renglones de los formularios del IRS.

Si no presentó ninguna declaración de impuesto, indique en la FAFSA sus ganancias del trabajo en el 2004. Puede encontrar esta información en sus formularios W-2.


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