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Préstamos Stafford
Los Préstamos Stafford se ofrecen mediante el Programa Federal de Préstamos para la Educación de la Familia (Programa de Préstamos FFEL por sus siglas en inglés) o por medio del Programa Federal de Préstamos Directos William D. Ford (Programa de Préstamos Directos). Algunas instituciones participan en los dos programas. Por tu lado, puedes recibir préstamos de los dos programas, pero no puedes obtener los dos tipos para pagar tus estudios durante el mismo período de matrícula en la misma institución.

Si obtienes préstamos del Programa de Préstamos Directos, los fondos los proporcionaremos nosotros a tu institución educativa. Ésta a su vez desembolsará el dinero a ti. Los fondos de los Préstamos FFEL, en cambio, provendrán de algún banco, cooperativa de ahorro y crédito, u otra entidad prestamista que participe en el programa.

Los términos y condiciones de los dos tipos de préstamos son parecidos. Asimismo, ya se trate del Préstamo Stafford Directo o del Préstamo Stafford FFEL, los importes que puedes conseguir son iguales. La diferencia principal entre los dos programas consiste en la proveniencia de los fondos de préstamo y en ciertas disposiciones relativas al reembolso.

¿Cómo hago para obtener un Préstamo Stafford FFEL o Directo?
Para conseguir cualquiera de estos dos tipos de préstamo, tendrás que completar la FAFSA (presiona aquí para más información). Una vez que se procese la solicitud, tu institución postsecundaria examinará los resultados y te informará del tipo y monto de dinero que puedas recibir. También, deberás firmar el pagaré, que es un documento legalmente vinculante que resume las condiciones bajo las cuales obtienes el préstamo y que estipula los términos según los cuales aceptas reembolsar la obligación.

Si por tu EFC demuestras necesidad económica, puedes conseguir un Préstamo FFEL o Directo “con subsidio”, o subvencionado, para satisfacer toda o una parte de esa necesidad. Si tienes derecho a recibir un préstamo con subsidio, nosotros pagaremos el interés mientras estés matriculado con una dedicación de al menos medio tiempo, durante los primeros seis meses después de que dejes de estudiar, y durante los períodos de aplazamiento. Sin embargo, tendrás que pagar los intereses durante los períodos de indulgencia. El importe de tu préstamo con subsidio no podrá sobrepasar tu necesidad económica.

Es posible que puedas recibir fondos que excedan el importe calculado para tu préstamo con subsidio, o incluso si no has demostrado necesidad económica. En tal caso, se te concedería un préstamo “sin subsidio”. Para calcular el monto que puedas recibir de este tipo de préstamo, tu institución postsecundaria restará de tu costo de estudio la suma de cualquier otra forma de ayuda que hayas recibido. Si consigues un préstamo sin subsidio, a diferencia de lo que pasa si obtienes uno subvencionado, serás responsable de pagar el interés desde el momento en que se desembolse el dinero hasta que se reembolse la deuda en su totalidad. Puedes pagar el interés mientras estás matriculado (o durante un período de aplazamiento de pago o indulgencia), o puedes dejar que se acumule y se añada al capital del préstamo. Precisa señalar que, si se acumula el interés, el monto que terminarás reintegrando será mayor al que reembolsarías si hubieras pagado el interés a medida que se acumulaba.

Puedes recibir un préstamo con subsidio, y otro sin subsidio, para cubrir el mismo período de matrícula, siempre que la suma de los dos no exceda el límite anual.

¿Cuánto puedo pedir prestado?
Si eres alumno de pregrado y dependiente (presiona aquí para más información) y si tu período de estudio dura por lo menos un año académico, puedes conseguir hasta las siguientes cantidades anuales:

  • $2,625 si cursas el primer año de estudio

  • $3,500 si cursas el segundo año de estudio

  • $5,500 si cursas el tercer o cuarto año de estudio (monto aplicable a cada año)

Si eres alumno de pregrado e independiente, o si eres alumno dependiente cuyos padres han solicitado un Préstamo PLUS pero no lo han podido obtener, y también si tu período de estudio para ese año dura por lo menos un año académico, puedes conseguir hasta las siguientes cantidades anuales:

  • $6,625 si cursas el primer año de estudio (no más de $2,625 de este monto pueden ser de préstamos sin subsidio).

  • $7,500 si cursas el segundo año de estudio (no más de $3,500 de este monto pueden ser de préstamos sin subsidio).

  • $10,500 si cursas el tercer o cuarto año de estudio (monto aplicable a cada año) (no más de $5,500 de este monto pueden ser de préstamos sin subsidio).

Los montos anteriores son los máximos anuales que puedes obtener en Préstamos FFEL o Directos, tanto con como sin subsidio, ya los consigas por separado o en combinación. Como no puedes recibir ningún monto mayor que la cantidad que resulta tras restar la suma de la Beca Pell y cualquier otra ayuda del costo de estudio, puede suceder que se te conceda un monto menos que el máximo anual.

¿De qué manera recibiré el dinero del préstamo?
En cuanto al desembolso de fondos, tanto de los Préstamos Directos como de los Préstamos FFEL, recibirás el dinero en, por lo menos, dos cuotas, ninguna de las cuales deberá exceder la mitad del importe total del préstamo. Han de aplicarse los fondos primero a tu matrícula y cuotas, alojamiento y alimentos, y a otros cargos institucionales. Si queda algún dinero, lo recibirás por cheque o en efectivo, a menos que autorices a la institución, por escrito, a retener los fondos hasta una fecha posterior durante el período de matrícula.

Si cursas el primer año de pregrado, y también obtienes préstamos por primera vez, tu institución no podrá desembolsar la primera cuota sino hasta 30 días después del primer día en que estés matriculado. Esta medida evita que te veas obligado a reintegrar el préstamo si no comenzaras tus estudios o si te retiraras durante los primeros 30 días de clases.

¿Cuál es la tasa de interés de los Préstamos Stafford?
La tasa de interés es variable (se ajusta cada año) pero nunca sobrepasará el 8.25 por ciento. Para el período comprendido entre el 1 de julio de 2004 y el 30 de junio de 2005, la tasa de interés de préstamos que están en condición activa de reembolso fue del 3.37 por ciento. La tasa se ajusta el 1 de julio de cada año. Durante la vigencia de tu préstamo, se te informará de cualquier cambio en la tasa de interés.

¿Cuándo reembolso el préstamo?
Al graduarte, retirarte de la institución postsecundaria o reducir tu situación de matrícula a una de menos de medio tiempo, dispondrás de un período de gracia de seis meses antes de empezar el reintegro del préstamo. Durante este intervalo, recibirás información sobre el procedimiento de reembolso y sobre la fecha en que vencerá el primer pago. Aun cuando no recibas ningún aviso, serás responsable de comenzar los pagos a tiempo. En general, las cuotas vencerán cada mes. Podrás escoger entre diversas facilidades de reembolso.



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