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Programas de ayuda con base en el recinto institucional
Los programas federales de Becas Suplementarias para la Oportunidad Educativa (FSEOG por sus siglas en inglés), Trabajo y Estudio, y Préstamos Perkins, se denominan "programas con base en el recinto institucional" porque son administrados directamente por la oficina de ayuda económica de cada institución participante. No todos los establecimientos postsecundarios participan en cada uno de los tres programas.

El monto de ayuda que recibas de cada uno de estos programas dependerá de tu necesidad económica, de la suma de otra asistencia que se te otorgue y de la disponibilidad de fondos en tu institución. A diferencia del Programa Federal de Becas Pell, que concede fondos a cada estudiante que reúna los requisitos, los programas con base en el recinto institucional asignan a cada establecimiento participante un monto fijo de dinero que éste administrará durante el año. Cuando se acaben los fondos para un programa determinado, no se harán concesiones adicionales de dicho programa para ese año.

¿Qué son las Becas Federales Suplementarias para la Oportunidad Educativa?
Estas becas se destinan a los estudiantes de pregrado que evidencien una necesidad excepcional, es decir, a los que tengan los menores Aportes Esperados de la Familia (EFC). A la hora de otorgar las Becas Suplementarias, se dará consideración prioritaria a los becarios del Programa de Becas Pell. La Beca Suplementaria no es reembolsable. Puedes obtener entre $100 y $4,000 al año, dependiendo de la fecha de solicitud, de tu necesidad económica y del financiamiento de la institución a la que asistes. Estas becas se conceden exclusivamente a los estudiantes de pregrado que no hayan recibido la licenciatura ni ningún grado profesional.

Si reúnes los requisitos para recibir la Beca Suplementaria, tu institución te acreditará tu cuenta o entregará los fondos directamente a ti (en general, por cheque), o bien, combinará los dos métodos. La institución deberá pagarte el dinero por lo menos una vez por período académico, ya sea por trimestre, cuatrimestre o semestre. Si no opera según estos períodos tradicionales, tendrá que desembolsar los fondos al menos dos veces al año académico.

¿En qué consiste el Trabajo-Estudio Federal?
Este programa concede empleos a aquellos estudiantes de pregrado y de posgrado que demuestren necesidad económica, de manera que ganen dinero para ayudar a cubrir sus gastos de estudio. En la asignación de empleos del Programa Trabajo-Estudio Federal, se esfuerza por fomentar la labor al servicio de la comunidad y también la relacionada al campo de estudio del alumno.

¿De qué manera y cuánto me pagarán?
Se te pagará por hora. Tu institución educativa deberá pagarte, como mínimo, una vez al mes. El sueldo que cobres será, por lo menos, igual al mínimo federal vigente, aunque podría ser mayor, dependiendo del tipo de trabajo que hagas y de las destrezas que se requieran para desempeñarlo. La cantidad que ganes no deberá sobrepasar el monto total estipulado en la adjudicación de Trabajo-Estudio Federal. Al asignarte las horas de trabajo, tu empleador o administrador de ayuda económica tendrá en cuenta tu horario de clases y tu progreso académico.

¿Qué tipos de trabajo se ofrecen en este programa?
Si tu empleo es en el recinto educativo, lo más probable es que trabajarás para tu institución postsecundaria. En cambio, si trabajas fuera del recinto, tu empleador será, en general, una organización particular sin fines de lucro, o una agencia pública. En este caso, el trabajo deberá ser de interés público. Es posible que tu institución haya acordado con empleadores de la iniciativa privada que tienen fines de lucro, para que ofrezcan oportunidades de empleo mediante el Programa Trabajo-Estudio Federal. En tal caso, el trabajo que realices deberá guardar relación con tu programa de estudio, en la mayor medida posible. Si asistes a un instituto, puede suceder que haya restricciones adicionales sobre el tipo de empleo que se te asigne.

Y los Préstamos Federales Perkins, ¿qué son?
Estos préstamos, que son de baja tasa de interés (5 por ciento), se ofrecen tanto a los estudiantes de pregrado como a los de posgrado que demuestren necesidad financiera. Tu institución educativa será el prestamista, y los fondos del préstamo los suministrará el Gobierno. Si obtienes el Préstamo Perkins, lo reembolsarás a tu institución.

Tu institución entregará los fondos directamente a ti (en general, por cheque), o aplicará el dinero a los cargos institucionales que hayas incurrido. Recibirás el dinero en, por lo menos, dos pagos durante el año académico.

¿Cuánto puedo pedir prestado?
Puedes obtener hasta $4,000 por cada año de estudio de pregrado. El monto que recibas en realidad dependerá de la fecha de solicitud, de tu necesidad económica y del nivel de financiamiento de tu institución.

Además de los intereses, ¿se aplica algún cargo a este préstamo?
No, no hay ningún otro cargo. Sin embargo, si no efectúas los pagos según lo programado, es posible que se te cobren multas por atraso más los costos de cobro.

¿Cuándo tengo que reembolsar el préstamo?
Si estás matriculado con una dedicación de al menos medio tiempo, dispondrás de nueve meses después de graduarte, retirarte de la institución o reducir tu situación de matrícula a una de menos de medio tiempo, antes de tener que comenzar el reintegro del préstamo. Este plazo se llama el “período de gracia”. Si estudias a menos de medio tiempo, verifica con tu administrador de ayuda económica para determinar la duración de tu período de gracia. Al término del período, tendrás que empezar el reembolso de tu préstamo. Dispondrás de un máximo de 10 años para reembolsar tu préstamo en su totalidad. Los períodos de aplazamiento de pago (ver el párrafo siguiente) no se incluyen en este plazo de 10 años. El monto de tus pagos mensuales se calculará según la cantidad de tu deuda y la duración de tu período de reembolso.

¿Qué pasa si tengo dificultades con el reembolso del préstamo?
Bajo ciertas condiciones, puedes recibir un aplazamiento de pago o indulgencia. Durante un aplazamiento de pago, no se requiere ningún pago, y los intereses no se acumulan. Durante un aplazamiento de pago, se posponen o se reducen tus pagos. Sin embargo, los intereses continúan acumulándose, y serás responsable de pagarlos.

¿Hay algunas circunstancias en que se pueda anular el préstamo?
En algunas circunstancias, sí, se puede anular la obligación, como por ejemplo, si falleces o si quedas total y permanentemente discapacitado. Además, es posible que tengas derecho a la anulación de tu préstamo por el tipo de trabajo que desempeñes al terminar tus estudios (por ejemplo, la enseñanza en una escuela que sirve a las familias de bajos ingresos).

Para obtener mayor información sobre el aplazamiento de pago, la indulgencia o la anulación, lee nuestra publicación Guía para estudiantes. O llama al 1-800-433-3243 para pedir un ejemplar impreso.




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