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Los programas federales de Becas Suplementarias para
la Oportunidad Educativa (FSEOG por sus siglas en inglés),
Trabajo y Estudio, y Préstamos Perkins, se denominan "programas
con base en el recinto institucional" porque son administrados
directamente por la oficina de ayuda económica de cada
institución participante. No todos los establecimientos
postsecundarios participan en cada uno de los tres programas.
El monto de ayuda que recibas de cada uno de estos
programas dependerá de tu necesidad económica, de
la suma de otra asistencia que se te otorgue y de la
disponibilidad de fondos en tu institución. A diferencia
del Programa Federal de Becas Pell, que concede fondos
a cada estudiante que reúna los requisitos, los programas
con base en el recinto institucional asignan a cada
establecimiento participante un monto fijo de dinero
que éste administrará durante el año. Cuando se acaben
los fondos para un programa determinado, no se harán
concesiones adicionales de dicho programa para ese año.
¿Qué son las Becas Federales Suplementarias
para la Oportunidad Educativa?
Estas becas se destinan a los estudiantes de pregrado que
evidencien una necesidad excepcional, es decir, a los
que tengan los menores Aportes Esperados de la Familia
(EFC). A la hora de otorgar las Becas Suplementarias, se
dará consideración prioritaria a los becarios del Programa
de Becas Pell. La Beca Suplementaria no es reembolsable.
Puedes obtener entre $100 y $4,000 al año, dependiendo
de la fecha de solicitud, de tu necesidad económica y del
financiamiento de la institución a la que asistes. Estas
becas se conceden exclusivamente a los estudiantes de
pregrado que no hayan recibido la licenciatura ni ningún
grado profesional.
Si reúnes los requisitos para recibir la Beca
Suplementaria, tu institución te acreditará tu cuenta
o entregará los fondos directamente a ti (en general,
por cheque), o bien, combinará los dos métodos. La
institución deberá pagarte el dinero por lo menos
una vez por período académico, ya sea por trimestre,
cuatrimestre o semestre. Si no opera según estos
períodos tradicionales, tendrá que desembolsar los
fondos al menos dos veces al año académico.
¿En qué consiste el Trabajo-Estudio
Federal?
Este programa concede empleos a aquellos estudiantes
de pregrado y de posgrado que demuestren necesidad
económica, de manera que ganen dinero para ayudar a
cubrir sus gastos de estudio. En la asignación de empleos
del Programa Trabajo-Estudio Federal, se esfuerza por
fomentar la labor al servicio de la comunidad y también
la relacionada al campo de estudio del alumno.
¿De qué manera y cuánto me pagarán?
Se te pagará por hora. Tu institución educativa deberá
pagarte, como mínimo, una vez al mes. El sueldo que
cobres será, por lo menos, igual al mínimo federal
vigente, aunque podría ser mayor, dependiendo del
tipo de trabajo que hagas y de las destrezas que se
requieran para desempeñarlo. La cantidad que ganes
no deberá sobrepasar el monto total estipulado en la
adjudicación de Trabajo-Estudio Federal. Al asignarte
las horas de trabajo, tu empleador o administrador de
ayuda económica tendrá en cuenta tu horario de clases
y tu progreso académico.
¿Qué tipos de trabajo se ofrecen en este programa?
Si tu empleo es en el recinto educativo, lo más probable
es que trabajarás para tu institución postsecundaria. En
cambio, si trabajas fuera del recinto, tu empleador será,
en general, una organización particular sin fines de lucro,
o una agencia pública. En este caso, el trabajo deberá
ser de interés público. Es posible que tu institución haya
acordado con empleadores de la iniciativa privada que
tienen fines de lucro, para que ofrezcan oportunidades de
empleo mediante el Programa Trabajo-Estudio Federal. En
tal caso, el trabajo que realices deberá guardar relación con
tu programa de estudio, en la mayor medida posible. Si
asistes a un instituto, puede suceder que haya restricciones
adicionales sobre el tipo de empleo que se te asigne.
Y los Préstamos Federales Perkins, ¿qué son?
Estos préstamos, que son de baja tasa de interés (5 por
ciento), se ofrecen tanto a los estudiantes de pregrado como
a los de posgrado que demuestren necesidad financiera.
Tu institución educativa será el prestamista, y los fondos
del préstamo los suministrará el Gobierno. Si obtienes el
Préstamo Perkins, lo reembolsarás a tu institución.
Tu institución entregará los fondos directamente a ti (en
general, por cheque), o aplicará el dinero a los cargos
institucionales que hayas incurrido. Recibirás el dinero en,
por lo menos, dos pagos durante el año académico.
¿Cuánto puedo pedir prestado?
Puedes obtener hasta $4,000 por cada año de estudio de
pregrado. El monto que recibas en realidad dependerá
de la fecha de solicitud, de tu necesidad económica y del
nivel de financiamiento de tu institución.
Además de los intereses, ¿se aplica algún cargo a
este préstamo?
No, no hay ningún otro cargo. Sin embargo, si no efectúas
los pagos según lo programado, es posible que se te cobren
multas por atraso más los costos de cobro.
¿Cuándo tengo que reembolsar el préstamo?
Si estás matriculado con una dedicación de al menos
medio tiempo, dispondrás de nueve meses después de
graduarte, retirarte de la institución o reducir tu situación
de matrícula a una de menos de medio tiempo, antes de
tener que comenzar el reintegro del préstamo. Este plazo se
llama el “período de gracia”. Si estudias a menos de medio
tiempo, verifica con tu administrador de ayuda económica
para determinar la duración de tu período de gracia. Al
término del período, tendrás que empezar el reembolso de
tu préstamo. Dispondrás de un máximo de 10 años para
reembolsar tu préstamo en su totalidad. Los períodos de
aplazamiento de pago (ver el párrafo siguiente)
no se incluyen en este plazo de 10 años. El monto de tus
pagos mensuales se calculará según la cantidad de tu deuda
y la duración de tu período de reembolso.
¿Qué pasa si tengo dificultades con el reembolso
del préstamo?
Bajo ciertas condiciones, puedes recibir un aplazamiento de pago o indulgencia. Durante un aplazamiento de pago,
no se requiere ningún pago, y los intereses no se acumulan.
Durante un aplazamiento de pago, se posponen o se
reducen tus pagos. Sin embargo, los intereses continúan
acumulándose, y serás responsable de pagarlos.
¿Hay algunas circunstancias en que se pueda
anular el préstamo?
En algunas circunstancias, sí, se puede anular la
obligación, como por ejemplo, si falleces o si quedas total
y permanentemente discapacitado. Además, es posible
que tengas derecho a la anulación de tu préstamo por el
tipo de trabajo que desempeñes al terminar tus estudios
(por ejemplo, la enseñanza en una escuela que sirve a las
familias de bajos ingresos).
Para obtener mayor información sobre el aplazamiento de pago, la indulgencia o la anulación, lee
nuestra publicación Guía para estudiantes.
O llama al 1-800-433-3243
para pedir un ejemplar impreso.

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