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Préstamos PLUS para padres


Los padres de alumnos dependientes pueden solicitar Préstamos PLUS al Direct Loan ProgramSM para pagar los gastos de educación superior de sus hijos, siempre que reúnan los requisitos de participación. Los estudiantes de posgrado también pueden solicitar Préstamos PLUS para pagar sus propios gastos de estudio. Para obtener más información sobre los Préstamos PLUS para estudiantes de posgrado, pulse aquí.

Para recibir Préstamos PLUS del Direct Loan Program, hay que reunir los siguientes requisitos:


  • Hay que ser el padre o la madre biológicos o adoptivos del estudiante. En algunos casos, los padrastros del estudiante pueden obtener el préstamo.


  • El alumno debe ser dependiente y cursar estudios con una dedicación mínima de medio tiempo en una institución educativa que participe en el Direct Loan Program. En general, se considera que el alumno es dependiente si: tiene menos de 24 años de edad; no tiene personas a su cargo; no está casado; no es veterano (ex combatiente); no cursa un programa de estudios de posgrado y no se halla bajo la tutela de los Tribunales.


  • Los padres no deben tener un historial crediticio negativo (el solicitante del préstamo tendrá que someterse a una verificación de crédito). Si el solicitante no pasa la verificación de crédito, todavía podrá recibir el préstamo si alguna otra persona (como un familiar o amistad que sí pueda pasar la verificación) acepta actuar como su avalista (codeudor). El avalista se compromete a pagar el préstamo si el prestatario no lo hace. El padre o la madre también puede recibir un préstamo si demuestra la existencia de circunstancias atenuantes.


  • Tanto el padre o la madre que solicite el préstamo como el estudiante deben cumplir con lo siguiente: ser ciudadanos de EE.UU. o extranjeros con derecho a participar en los programas federales de ayuda estudiantil; no estar en incumplimiento de pago de ningún préstamo educativo federal, ni deber fondos —otorgados en exceso del monto que les correspondía recibir— a los programas federales de becas, y satisfacer los otros requisitos generales de participación en los programas administrados por la Oficina de Ayuda Federal para Estudiantes. Para obtener más información sobre los requisitos de participación, pulse aquí.


Los otros préstamos del Direct Loan Program incluyen los Préstamos Stafford (para los estudios de formación profesional o técnica, los estudios universitarios y los estudios de posgrado), los Préstamos PLUS para estudiantes de posgrado (para los estudios de posgrado) y los préstamos de consolidación (para consolidar los saldos de varios préstamos educativos federales en una sola obligación).

Nota: Antes del 1 de julio del 2010, las entidades crediticias del sector privado también hacían los préstamos Stafford, PLUS y de consolidación, mediante el programa de préstamos educativos Federal Family Education Loan (FFELSM) Program. Como resultado de legislación reciente, a partir del 1 de julio del 2010, ya no se harán préstamos educativos federales mediante el FFEL Program. Más bien, todo préstamo educativo federal lo hará el Departamento de Educación de EE.UU. mediante el Direct Loan Program.


¿Cómo pueden los padres obtener los Préstamos PLUS?

El padre o la madre deben llenar la Solicitud de Préstamo PLUS y el correspondiente pagaré maestro del Direct Loan Program. El pagaré maestro es un documento legal en el que el prestatario se compromete a pagar al Departamento el capital, intereses y comisiones del préstamo. También explica los términos y condiciones del préstamo. En la mayoría de los casos, el prestatario puede utilizar un solo pagaré maestro para todos los Préstamos PLUS que reciba durante diferentes años académicos, aunque tendrá que presentar por separado una petición de préstamo todos los años. Si anteriormente el padre o la madre habían firmado un pagaré maestro para obtener Préstamos PLUS del FFEL Program, deberán firmar uno nuevo para recibir Préstamos PLUS del Direct Loan Program.

La oficina de asistencia económica de la institución educativa puede orientar sobre los trámites de solicitud y podría ofrecer la opción de llenar la Solicitud de Préstamo PLUS y el pagaré maestro por Internet en www.studentloans.gov.


¿Cuánto pueden pedir prestado los padres?

El monto máximo anual del Préstamo PLUS equivale al costo de estudiar menos la suma de otras ayudas que el estudiante reciba.

Por ejemplo, si el costo de estudiar es de $6,000 y el estudiante recibe $4,000 en otros tipos de ayuda económica, sus padres pueden pedir prestado hasta $2,000.


¿Cómo se entrega el dinero a los padres?

El Departamento de Educación enviará los fondos del Préstamo PLUS a la institución educativa del estudiante. El préstamo casi siempre se desembolsará en por lo menos dos entregas, y ninguna de las mismas excederá la mitad del importe total del préstamo. La institución utilizará los fondos del préstamo para pagar la matrícula y cuotas, los gastos de alojamiento y comida, y otros cargos institucionales. Si queda algún dinero, los padres lo recibirán por cheque o por otro medio de pago, a menos que autoricen a la institución a entregarlo al estudiante o aplicarlo a su cuenta en la institución. Cualquier monto restante se deberá usar para sufragar los gastos de estudio del estudiante.


¿Cuál es la tasa de interés?

La tasa de interés del Préstamo PLUS está fijada en el 7.9 por ciento. El interés se cobrará desde la fecha del primer desembolso hasta que el préstamo se reembolse en su totalidad.

Historial de préstamos educativos y otra ayuda económica federal: Los estudiantes y los padres pueden averiguar la tasa de interés de sus préstamos en el sistema nacional de registro de préstamos educativos National Student Loan Data System. También pueden utilizar el sistema NSLDS para buscar los datos de contacto de la entidad que administra sus préstamos y también consultar su historial de otra ayuda económica recibida de los programas federales.

Tasa de interés máxima para los integrantes de las Fuerzas Armadas: Si el padre o la madre reúne los requisitos para acogerse a la Ley de Ayuda Civil para Integrantes de las Fuerzas Armadas (Service Members Civil Relief Act), la tasa de interés de los préstamos obtenidos antes de su ingreso a las Fuerzas Armadas puede tener un tope del 6 por ciento durante el período de servicio militar. Para solicitar este beneficio, los padres deben comunicarse con la entidad que administra sus préstamos.

Asimismo, a los militares con préstamos del Direct Loan Program desembolsados por primera vez a partir del 1 de octubre del 2008 no se les cobrará el interés (por un máximo de 60 meses) mientras prestan servicio militar activo (o desempeñan otras funciones autorizadas como integrante de la Guardia Nacional) durante una guerra u otra operación militar o emergencia, en una zona de hostilidades en la que el servicio les dé derecho a recibir paga extraordinaria.


Además del interés, ¿hay que pagar otros cargos para obtener los Préstamos PLUS?

Hay que pagar una comisión de hasta 4 por ciento del importe del préstamo, la cual se deducirá proporcionalmente de cada desembolso.


¿Cuándo empiezan los padres a pagar el préstamo?

El período de pago de los Préstamos PLUS empieza en la fecha en que el préstamo se haya desembolsado en su totalidad, y el primer pago vencerá dentro de los 60 días siguientes al desembolso final. Sin embargo, tratándose de los Préstamos PLUS desembolsados por primera vez a partir del 1 de julio del 2008, el prestatario puede acogerse al aplazamiento de pago:


  • mientras el estudiante en cuyo beneficio se obtuvo el préstamo curse estudios con una dedicación mínima de medio tiempo y


  • durante los seis meses siguientes a la finalización o suspensión de los estudios cursados con una dedicación mínima de medio tiempo.


¿Cómo pagan los padres estos préstamos?

Al obtener el préstamo, el padre o la madre recibirán información sobre sus términos y condiciones. En ese documento se indicará la entidad administradora a la que se deberán enviar las cuotas del préstamo. Con cierta frecuencia, la entidad administradora se comunicará con el padre o la madre y les informará el estado de su préstamo y de cualquier otro Préstamo PLUS que hayan recibido. A esa entidad se le señalará como el administrador del préstamo en el historial del prestatario en www.nslds.ed.gov.


Planes de pago: En el caso de los Préstamos PLUS para padres, el Direct Loan Program ofrece tres planes de pago que satisfacen las diferentes necesidades de los prestatarios: el plan de pago básico, el plan de pago ampliado y el plan de pago gradual. Aunque hay diferencias en cuanto a las condiciones de cada plan de pago, el prestatario generalmente dispondrá de entre 10 y 25 años para liquidar el préstamo. Más información sobre los planes de pago se encuentra en nuestra página El pago de los préstamos.


¿Qué pueden hacer los padres si tienen dificultades para pagar el préstamo?

En algunas circunstancias, el prestatario puede acogerse al aplazamiento de pago o la indulgencia de morosidad para, de forma temporal, posponer el pago del préstamo o reducir la cantidad de las cuotas. Para obtener más información, acuda a nuestra página El pago de los préstamos.


¿Se puede transferir al estudiante la responsabilidad de pagar un préstamo PLUS obtenido por los padres?

No. La responsabilidad de pagar los Préstamos PLUS otorgados a los padres no se puede transferir al estudiante. Los padres tienen la responsabilidad de pagar el préstamo.


¿Se puede condonar (anular) la deuda de los Préstamos PLUS?

Sí, se puede en ciertas circunstancias. La condonación (anulación) libera al prestatario de toda obligación de pagar la deuda del préstamo. Para obtener más información, visite nuestra página Condonación de los préstamos educativos.

Si el prestatario participa en el Programa de Condonación de Préstamos a Empleados de Servicio Público, se le condonará el saldo de sus préstamos después de realizar 120 cuotas mensuales mientras se encuentra empleado a tiempo completo en una entidad de servicio público. Para obtener más información, diríjase a nuestra página Condonación de préstamos por servicio público.


Fecha de última actualización o revisión: 01 de julio de 2010

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